Finalizar un contrato de alquiler no es tan simple como abandonar la vivienda. De hecho, una sentencia reciente recuerda que si no se devuelve formalmente la posesión al propietario —especialmente mediante la entrega adecuada de las llaves— el contrato puede seguir vigente, con la consiguiente obligación de pagar la renta.
Uno de los errores más comunes es pensar que basta con salir del piso y comunicarlo. Sin embargo, la ley exige algo más: una entrega formal de las llaves, en las condiciones acordadas en el contrato. Generalmente, esto implica coordinar una cita con el arrendador o su representante y firmar un documento que certifique la entrega. Dejar las llaves con un tercero o conservar una copia hasta recibir la fianza no cumple este requisito.
Además, condicionar la devolución de llaves al pago de la fianza puede volverse en contra del inquilino. La normativa dispone que la devolución económica sólo podrá realizarse una vez se haya entregado el inmueble. Si el arrendador no recibe las llaves correctamente, el contrato no se considera extinguido y podrá exigir el pago de rentas.
La forma más segura de evitar conflictos es coordinar una entrega presencial, firmar un acta de recepción y conservar copia. Si esto no es posible, un notario o incluso el juzgado pueden servir como vía para acreditar que el inquilino ha cumplido con su obligación de devolver la posesión del inmueble.
En Qualia Habitat recomendamos prestar especial atención a este paso final. No se trata de una mera formalidad, sino de un acto jurídico que marca el verdadero cierre del contrato. Evitar malentendidos o reclamaciones posteriores depende, en gran medida, de hacer las cosas bien: entregar las llaves de forma clara, documentada y conforme a lo pactado. Solo así se protege adecuadamente tanto el derecho del inquilino como el del arrendador.

